Derecho Laboral · Madrid
Abogados de despido en Madrid
Si le han despedido, tiene 20 días hábiles para reclamar. Revisamos su carta, calculamos lo que realmente le corresponde y negociamos o demandamos para que cobre la indemnización justa.
Tipos de despido
Qué le corresponde según su despido
La ley distingue tres tipos de despido: objetivo, disciplinario y colectivo. Después, el juez califica cada uno como procedente, improcedente o nulo, y de esa calificación depende lo que usted cobra. Estos son los escenarios más habituales:
Si se declara improcedente
La causa no se acredita o la carta tiene defectos. 33 días por año (45 antes de 2012), hasta 24 mensualidades.
Despido objetivo
Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, entre otras. 20 días por año. Si la causa no se sostiene, pasa a improcedente.
Despido disciplinario
Sin indemnización si es procedente. Muchas cartas no concretan hechos ni fechas y acaban declaradas improcedentes.
Si se declara nulo
Por embarazo, represalia, discriminación o vulneración de derechos. Readmisión obligatoria, salarios y daños morales.
Más detalle en diferencia entre despido objetivo, improcedente y nulo.
Cómo trabajamos
Qué hacer si le han despedido: 5 pasos
- 01No firme el finiquito como «conforme»: firme «recibido, no conforme».
- 02Envíenos la carta de despido, nóminas y contrato para revisarlos.
- 03Calculamos la indemnización real con su salario regulador correcto.
- 04Presentamos la papeleta de conciliación en el SMAC dentro de los 20 días hábiles.
- 05Negociamos con la empresa o demandamos ante el Juzgado de lo Social de Madrid.
Despidos en Madrid
Indemnización por despido en Madrid: por qué conviene revisarla
La empresa calcula la indemnización con el salario que le conviene. Es frecuente que se excluyan pagas extra prorrateadas, variables, horas extra habituales o retribución en especie, y que la antigüedad no recoja contratos anteriores encadenados. Cada error reduce lo que usted cobra.
En Madrid, la reclamación empieza con la papeleta de conciliación ante el SMAC. Muchas veces el acuerdo llega en ese acto; si no, se presenta demanda ante el Juzgado de lo Social. Los socios del área laboral dirigen personalmente cada caso, desde la revisión de la carta hasta el juicio.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido en Madrid?
20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para presentar la papeleta de conciliación ante el SMAC. No cuentan sábados, domingos ni festivos. Pasado ese plazo se pierde el derecho a impugnar.
¿Cuánto es la indemnización por despido improcedente en Madrid?
33 días de salario por año trabajado desde el 12 de febrero de 2012 y 45 días por el periodo anterior, con un tope general de 24 mensualidades. Puede calcularla al instante con nuestra calculadora gratuita.
¿Puedo reclamar si ya he firmado el finiquito?
Sí, en la mayoría de los casos. Firmar el finiquito acredita que lo ha recibido, no que renuncie a impugnar el despido, sobre todo si no se pactó expresamente esa renuncia. Conviene revisarlo cuanto antes.
¿Cuánto cuesta un abogado de despido?
Le damos un presupuesto cerrado tras revisar su carta. En muchos despidos trabajamos con una parte vinculada al resultado, de modo que el coste se ajusta a lo que se recupera.
¿Necesito ir al despacho?
No. Podemos revisar la documentación por correo o WhatsApp y hablar por teléfono o videollamada. Si lo prefiere, le recibimos en nuestra sede de la Calle de San Bernardo, 10.