Urgencias penales 24h
Asistencia a detenido 24h en Madrid
Si usted o un familiar ha sido detenido, las primeras horas son decisivas. Carolina Baúlo y Bárbara Martín, socias penalistas, acuden a comisarías y juzgados de guardia de Madrid.
Primeras horas
Qué hacemos
En comisaría
Asistimos a la persona detenida, nos entrevistamos con ella en privado y le orientamos sobre si declarar o no.
Leer la guía completa →Juzgado de guardia
Le defendemos en la declaración ante el juez y en la comparecencia sobre medidas cautelares.
Juicios rápidos
Preparamos la defensa cuando el asunto se tramita por el procedimiento de enjuiciamiento rápido.
Familia
Informamos a la familia, dentro de lo que permite el secreto profesional, de los pasos y plazos.
Cómo trabajamos
Qué necesitamos de usted
- 01Llámenos o escríbanos por WhatsApp.
- 02Indíquenos el nombre de la persona detenida y la comisaría o juzgado.
- 03Le confirmamos la designación y acudimos.
- 04Le informamos tras la asistencia.
- 05Planteamos con usted la estrategia de defensa.
Derechos del detenido
Lo que dice en las primeras horas puede marcar el procedimiento
La asistencia de un abogado de confianza desde el primer momento permite valorar si conviene declarar y preparar la defensa con criterio.
Atendemos urgencias en toda la Comunidad de Madrid.
¿Cuánto tiempo puede estar alguien detenido?
El tiempo estrictamente necesario para las averiguaciones y, como máximo, 72 horas antes de ser puesto en libertad o a disposición judicial (art. 17 de la Constitución y art. 520 LECrim).
¿Puedo elegir abogado si un familiar está detenido?
Sí. La persona detenida tiene derecho a designar libremente abogado; si no lo hace, se le asigna uno de oficio. La familia puede facilitarnos los datos para que acudamos.
¿Tiene que declarar en comisaría?
No. Tiene derecho a no declarar, a no contestar a alguna pregunta y a hacerlo solo ante el juez, además de a entrevistarse reservadamente con su abogado antes y después de la declaración (art. 520 LECrim).
¿Qué pasa después de la comisaría?
La persona puede quedar en libertad con obligación de comparecer, o pasar a disposición del juzgado de guardia, que puede tomar declaración, celebrar un juicio rápido o decidir medidas cautelares.