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Procedimiento abreviado: ¿es obligatorio ir con abogado y procurador? Fases y plazos

Por Bárbara Martín

1. Qué es el procedimiento abreviado

Es el cauce por el que se tramitan la mayoría de los delitos en España: aquellos castigados con pena privativa de libertad no superior a nueve años, o con penas de otra naturaleza (art. 757 LECrim). Incluye, por ejemplo, muchos delitos de lesiones, hurtos y robos, estafas, receptación, delitos contra la seguridad vial o violencia de género.

2. ¿Es obligatorio el abogado?

Sí. Desde la detención o desde que de las actuaciones resulte la imputación de un delito contra persona determinada, es necesaria la asistencia letrada (art. 767 LECrim). Si usted no designa abogado, se le nombrará uno del turno de oficio; puede sustituirlo después por uno de su confianza.

3. ¿Y el procurador?

No hace falta al principio. Según el artículo 768 LECrim, el abogado asume también la representación del investigado hasta el trámite de apertura del juicio oral. A partir de ese momento se exige procurador. Si tiene derecho a asistencia jurídica gratuita, ambos se designan de oficio.

4. Las tres fases del procedimiento

  • Diligencias previas (instrucción): el Juzgado de Instrucción investiga los hechos, toma declaración al investigado y a los testigos y practica pruebas.
  • Fase intermedia: el juez decide si archiva o continúa. Si continúa, las acusaciones presentan su escrito de acusación y la defensa su escrito de defensa.
  • Juicio oral: ante el Juzgado de lo Penal (penas de hasta cinco años de prisión) o ante la Audiencia Provincial (penas superiores, hasta nueve años).

5. Conformidad: cuándo puede interesar

En el procedimiento abreviado el acusado puede mostrar su conformidad con la pena solicitada, dentro de los límites legales. En los juicios rápidos, la conformidad ante el juzgado de guardia permite reducir la pena en un tercio (art. 801 LECrim). Aceptar una conformidad tiene consecuencias, como los antecedentes penales: debe valorarse siempre con su abogado.

6. Excepción: los delitos leves

En los juicios por delito leve no es preceptivo abogado ni procurador, salvo que el delito tenga señalada una multa cuyo límite máximo sea de al menos seis meses (art. 967 LECrim). Aun así, conviene asesorarse antes de la vista.

7. Qué hacer si le citan

  • Lea la citación: indica si comparece como investigado o como testigo.
  • No declare sin haber hablado antes con su abogado.
  • Reúna documentos, mensajes y datos de testigos que puedan ser útiles.
  • Contacte con un penalista antes de la fecha de comparecencia.

Preguntas frecuentes

¿Puedo ir al juzgado sin abogado si soy investigado?

No. La asistencia letrada es obligatoria. Si no lleva abogado, se le asignará uno de oficio y la declaración puede suspenderse.

¿Cuándo necesito procurador en el procedimiento abreviado?

Desde la apertura del juicio oral. Hasta entonces, su abogado le representa (art. 768 LECrim).

¿Qué delitos se juzgan por procedimiento abreviado?

Los castigados con pena privativa de libertad de hasta nueve años o con penas de otra naturaleza (art. 757 LECrim).

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